jueves, 13 de mayo de 2010

¿Banco o Aseguradora?

¿Banco o Aseguradora?
Esta es la pregunta que mucha gente se hace a diario.
Si lo hago con el banco ¿Tendré las mismas coberturas? ¿Pagaré más prima que en la aseguradora?
Si contrato con la aseguradora, ¿Me subirá la hipoteca? ¿Qué medidas puede tomar el banco contra mi?
¿Cuántas veces hemos oído lo de "está usted obligado"?
"Si no me haces los seguros, no te doy la hipoteca o préstamo"
La mayoría de hipotecas tienen condicionado el diferencial de la hipoteca, a la contratación de ciertos productos, como el seguro de la casa, seguros de vida y planes de pensiones. ¿Hasta que punto nos puede salir rentable la contratación de dichos productos?
En este caso entraríamos en dos puntos distintos, el económico y el del servicio a recibir.

Antes de comentar nada, recordar que según la DGS, el único seguro obligatorio es el de incendio, con beneficiario el banco, pero con capital de continente a valor de reconstrucción, y en la entidad que nosotros elijamos.
En el económico, lo único que podemos hacer, es estudiar lo que nos subiría la hipoteca al año, con lo que nos ahorraríamos en los seguros. Pues muchas entidades bancarias aprovechan su condición de "poder" respecto al cliente, e imponen lo que quieren, al precio que quieren.

Muchas de estas pólizas están mal contratadas. Pues es habitual ver seguros de hogar sin contenido, con el continente a valor de hipoteca. Lo cual no se puede hacer.
¿Donde reside el problema? En que el señor, el cual nos está vendiendo un seguro, no es agente de seguros. No tiene experiencia en el sector, por lo tanto, no está capacitado, ni para asesorar, ni ayudar al cliente en caso de siniestro. El servicio que se da es muy importante, pues un seguro mal vendido, puede acarrear muchísimos problemas.

Mi consejo es el siguiente, siempre comparar precios, y sobre todo, dejarnos asesorar por nuestro agente de seguros.

También hay un fenómeno, que se da cada día con más frecuencia, y es que los bancos, con los recibos de los seguros en la mano. Llaman a los clientes para hacerles contraofertas. Quitando opiniones personales, a eso se le llama, "Competencia desleal" lo cual, está penado por la ley, y es algo que todos tenemos que ayudar para que no suceda más.

Para acabar, os contare un caso real, en Cataluña, una señora quiso contratar una hipoteca con un banco con sede en dicha comunidad. El señor del banco, según relata ella, le dijo que tenía que firmar un seguro de vida, en el que si ella moría o le daban la invalidez, la hipoteca quedaría pagada. Ella le advirtió de que ya tenía la invalidez, por lo cual no podría contratar dicho seguro. Pero el banquero le dijo que era obligatorio, si no, no le darían la hipoteca. Por lo que la señora acepto. Justo después de firmar la hipoteca, quiso ejecutar el seguro, a lo que el banco se negó. Después de 3 años de juicios, le han dado la razón a la señora, pues el banco conocía su invalidez, y a pesar de ello le han obligado a firmar. Por lo cual, a la señora, el seguro de dicho banco, le pagó la hipoteca.

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